Verifactu, cambio de fechas en el reglamento

Modificado el Jue, 4 Dic, 2025 a 1:07 P. M.

La AEAT ha publicado en el BOE el aplazamiento de las fechas límite para la aplicación obligatoria del Reglamento Verifactu.

Las nuevas fechas son:


  • 1-1-2027: para los contribuyentes que presentan Impuesto sobre Sociedades.
  • 1-7-2027: para el resto de obligados tributarios a los que afecta Verifactu.


Según nos ha confirmado el departamento técnico de la AEAT, el cambio se limita a las fechas de entrada en vigor.

El contenido del Reglamento Verifactu y sus requisitos técnicos no ha cambiado.


¿Qué significa esto en Visionwin?


A partir del 29-7-2025, cuando se instala o se actualiza Visionwin Facturación o Visionwin TPV, el programa se ofrece ya como programa Verifactu.

Esta es una decisión de diseño de Visionwin, tomada para adaptarnos al Reglamento Verifactu, por lo que en Visionwin no es posible desactivar Verifactu ni utilizar una modalidad “NO Verifactu”.


La modalidad de programas de facturación NO Verifactu sigue existiendo en la normativa, pero implica otras obligaciones técnicas que deben declararse y justificarse en la declaración responsable del fabricante, como por ejemplo:


  • Firma digital o huella de todos los registros de alta.
  • Registro de eventos del sistema.
  • Responsabilidad sobre la conservación y accesibilidad de los registros de alta, entre otros aspectos.


Por estos motivos, en Visionwin hemos optado por mantener una única modalidad: programas Verifactu.


En resumen, aunque se han aplazado los plazos de implantación, la forma en que Visionwin trabaja con Verifactu no cambia y seguimos operando exactamente igual que hasta ahora.


Si necesitas información oficial o tienes dudas sobre cómo te afecta Verifactu como obligado tributario, la AEAT dispone de estos canales de ayuda:


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