Para el cumplimiento de la ley Antifraude y de Veri*Factu ( VeriFactu ), el programa Visionwin Facturación ha implementado una serie de restricciones:
- No se permiten borrar facturas que ya han sido impresas, enviadas por email, pdf o contabilizadas, ya que dicha ley y normativa no permite el borrado de facturas. Si hay que modificar una factura realizada por error o porque el cliente ya no la desea, deberá emitir otra factura rectificativa, de abono, anulación o el concepto más adecuado para cada situación. Visionwin Facturación permite realizar facturas rectificativas automáticamente con la pestaña Rectificativa de la factura de cliente.
En el siguiente enlace puedes acceder a la documentación al respecto:
https://www.visionwin.com/documentacion/facturacion/index.html?ventas-factura-rectificativa.html - No se permiten realizar facturas con una fecha diferente a la actual, si la fecha en que se han realizado los trabajos o servido el material es diferente a la actual, puede utilizar el campo fecha operación, pero la fecha de expedición tiene las restricciones que indica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación publicado en el real decreto 1619/2012 BOE-A-2012-14696 Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Recuerde que esto no es una limitación de los programas Visionwin, es un procedimiento impuesto por la Administración Tributaria en cumplimiento de la Ley AntiFraude y VeriFactu.
No obstante, sí que es posible modificar los datos NO fiscales de una factura como la forma de pago, representante, comentario, observaciones, más datos, etc...
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